RESUMEN CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DEL LICENCIADO EN ADMINISTRACIÓN




En el presente trabajo resumiré el Código de ética de profesional en administración, puedo decir que la única forma de lograr el bienestar común es con la unidad de esfuerzos y propósitos.
Como líderes de la organización siendo responsables del trabajo en equipo haciendo un esfuerzo adicional para lograr los fines que se propongan.
Propugnando el beneficio social, buscando alcanzar los más altos índices de productividad estimulando la participación para que todos los individuos por igual obtengan la justa y adecuada retribución a sus esfuerzos.
Es imprescindible para el logro de los la corresponsabilidad mantener el compromiso serio y honesto ante uno mismo y ante la sociedad.
Es deber del administrador actuar con honestidad ciudadana en la administración responsable de los recursos que se le han confiado.
Es la forma de enfrentar y atacar la resistencia a estos tiempos de cambios.
Dejando de ser el líder que requiere atención y siendo el líder de atención y servicio a los demás, con respeto, educación y cortesía.
El Licenciado en administración está obligado a afrontar el tercer milenio y la globalización con la seguridad del triunfador para ello es necesario fundamentarse en los códigos de ética profesional.
Como se podrá discernir posteriormente, no se trata de generar reglas sino de señalar qué tipo de prácticas ayudan a alcanzar la meta, la óptima conducta del profesional; qué valores y principios es preciso encarnar  para proporcionar a la sociedad el bien que le es debido.
La conducta del Licenciado en Administración para el logro de elevados fines morales, científicos y técnicos, dando al cuerpo profesional un conjunto de normas éticas para evitar que se pueda comprometer el honor y la probidad del profesional, así como la imagen de la Orden. Este código de Ética Profesional es aplicable a todo Licenciado en Administración por el hecho de serlo, sin importar la índole de la actividad o especialidad que cultive tanto en el ejercicio independiente o cuando actúe como funcionario o empleado en instituciones públicas o privadas. Abarca también a los Licenciados en Administración que además de ésta ejerzan otras profesiones.
Al expresar cualquier juicio profesional el Licenciado en Administración acepta la obligación de sostener un criterio libre e imparcial.
En la prestación de cualquier servicio se espera del Licenciado en Administración una verdadera labor profesional, por lo que siempre tendrá presentes las disposiciones normativas de la profesión que sean aplicables al trabajo específico que está desempeñando. El Licenciado en Administración tiene la obligación de guardar el secreto profesional y de no revelar o divulgar por ningún motivo los resultados de los estudios, hechos, datos o circunstancias de que tenga conocimiento en el ejercicio de su profesión, a menos que lo autoricen los interesados, excepto los informes que establezcan las leyes respectivas.
Faltará al honor y dignidad profesional todo Licenciado en Administración que directa o indirectamente intervenga en arreglos o asuntos reñidos con la moral y la ética profesional.
El Licenciado en Administración se abstendrá de aprovecharse de situaciones que puedan perjudicar a quien haya contratado sus servicios.
Al acordar la compensación económica que habrá de recibir, el Licenciado en Administración siempre deberá tener presente que la retribución por sus servicios no constituye el único objetivo ni la razón de ser del ejercicio de su profesión.
Todo Licenciado en Administración cuidará sus relaciones con sus colaboradores, con sus colegas y con las instituciones que los agrupan, buscando que nunca se menoscabe la dignidad de la profesión sino que se enaltezca, actuando siempre con espíritu de grupo.
Todo Licenciado en Administración que de alguna manera transmita sus conocimientos, tendrá como objetivo mantener las más altas normas profesionales y de conducta y de contribuir al desarrollo y difusión de los conocimientos propios de la profesión. 
La relación entre el Licenciado en Administración y el cliente o usuario debe desarrollarse dentro de la más absoluta reserva y confianza. El Licenciado en Administración no debe divulgar asunto alguno sin la autorización expresa de su cliente, ni utilizar en su favor o de terceros el conocimiento íntimo de los negocios adquiridos del cliente, como resultado de su labor profesional al servicio de aquél.
El Licenciado en Administración no debe aceptar participaciones ni comisiones por asuntos que, en el ejercicio de la actividad profesional, se encomiende a otro colega, salvo las que correspondan a la ejecución conjunta de una labor o surjan de la participación en asociaciones de profesionales.
Todo Licenciado en Administración está obligado a cuidar del personal a su cargo, en todos los aspectos de la seguridad social de dicho personal, velando por el cumplimiento de las obligaciones que el Estado, la Sociedad o la Empresa tiene para con cada uno de ellos.
El Licenciado en Administración que desempeñe un cargo docente en alguna institución o que de alguna manera imparta enseñanza de la Ciencia Administrativa, deberá instruir en forma técnica y útil, y orientar a quien se enseña, para que en su futuro ejercicio profesional actúe con estricto apego a las reglas de ética profesional.
El Licenciado en Administración que viole este código, se hará acreedor a las sanciones que le imponga el Colegio Regional al que pertenezca o el Consejo Directivo Nacional, quien intervendrá tanto en el caso de que no lo haga la Regional, como por las instancias que señalan sus Estatutos y el Reglamento del Tribunal de Honor.  
Los Licenciados en Administración deben amar su profesión para que no se muestren obligados a practicar los códigos de ética, la naturalidad y la conciencia en el desarrollo profesional se demuestra en la correcta elección de la profesión, esto influye en el buen comportamiento del profesional.
El Licenciado en Administración debe mantener un comportamiento digno y honorable con sus colegas y mantener una relación de confianza con sus clientes informándoles de sus intereses siempre con la verdad y guardar en absoluta reserva los asuntos que le compete a su cliente. Los honorarios del Licenciado en administración deben basarse en la importancia de su labor y solamente debe aceptar cargos o funciones de acuerdo a su profesión y capacidad.
La prescripción de las acciones derivadas de violaciones al código de ética será efectiva a los tres años de producirse el hecho que le dio origen, sino hubieren sido denunciados en ese lapso.


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